a) El impulso, dirección y desarrollo de los trabajos sobre racionalización, mejora y modernización de la Administración Pública.
b) El impulso y dirección de la Administración y gobierno electrónicos y, en especial, de la digitalización de servicios, así como el impulso de actuaciones interadministrativas para la modernización de la Administración y el desarrollo de la Administración y gobierno electrónicos.
c) El impulso y desarrollo de mecanismos, instrumentos y servicios de información y atención general a la ciudadanía de carácter centralizado y multicanal.
d) La propuesta de normas y directrices normativas en el ámbito de la racionalización, mejora y modernización de la Administración, la información y atención general a la ciudadanía, la digitalización de servicios y la aplicación de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Departamento de Hacienda y Administración Pública por el Decreto 35/1997, de 18 de febrero.